AYUDAS PARA LA ADECUACIÓN FUNCIONAL DE VIVIENDAS

AYUDAS PARA LA ADECUACIÓN FUNCIONAL DE VIVIENDAS

30/06/2017

Solicitudes del 28 de junio al 27 de julio de 2017.

1.- Beneficiarios: Personas mayores de 65 años, personas con un 40% de minusvalía y movilidad reducida o dependientes reconocidos con un Grado III de dependencia, para obras de adecuación en su vivienda habitual y permanente.

 

2.- Requisitos:

a) El/La solicitante debe cumplir alguna de estas condiciones:

- Ser titular de Tarjeta Andalucia Junta 65 (aunque no se disponga de tarjeta, ésta deberá ser solicitada antes de la presentación de la solicitud).

- Tener un grado de discapacidad de 40% o más y movilidad reducida.

- Grado III de Dependencia.

b) Que los ingresos familiares no superen el 2.5 el IMPREM (1331,27 €)

c) Que la vivienda a adaptar sea vivienda habitual y permanente.

d) No haber iniciado las obras de adecuación antes de la presentación de la solicitud.

 

3.- Obras que se financian:

- Mejora de seguridad y adecuación de la instalación de gas.

- Instalación de alumbrado conmutado.

- Mejora de la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica.

- Adecuación del ancho de la puerta y otras barreras arquitectónicas.

- Suelo antideslizante en cuarto de baño, instalación de apoyos y asideros y adecuación de los sanitarios y griferías.

- Colocación de pasamanos en pasillos.

- Otras actuaciones de la misma naturaleza.

 

4.- Cuantía:

Las actuaciones a subvencionar tendrá un límite de 2000 € (IVA incluido), la subvención será de un 70% de esta cantidad en caso de precisar asistencia técnica, se podrá incrementar en 600 €.

 

5.- Plazo: del 28 de junio al 27 de julio

A tener en cuenta:

Las obras no podrán iniciarse antes de la fecha de solicitud. Las obras pueden iniciarse una vez solicitada, pero no tienen garantizada la concesión de la ayuda.

Las obras pueden ser inspeccionadas por los técnicos de la Delegación.